¿Qué pasa si no responden a un derecho de petición?
Una petición es una acción que realizan los ciudadanos para hacer valer o solicitar un determinado derecho que debe conceder una entidad pública o privada. Si la petición de un individuo o grupo ha sido ignorada o rechazada, la parte que intenta obtener un determinado derecho puede tener dificultades para obtener una respuesta o resolución por parte de la entidad debido a la falta de respuesta.
El Derecho de Petición es un elemento fundamental del ordenamiento jurídico colombiano, establecido en la Constitución Política. Está regulado tanto en la legislación municipal, por la Ley 4 de 1913, que se refiere a los Servidores Públicos, como en la legislación general, por la Ley 1755 de 2015 que modifica la Ley 4 de 1913. Esta ley establece que toda persona tiene derecho a presentar peticiones al Estado, a sus entidades públicas y a todos los niveles de gobierno, ya sea nacional, departamental, municipal o distrital.
Implicaciones jurídicas
Si una petición dirigida a una entidad pública o privada queda sin respuesta o la entidad se niega a recibirla, pueden aplicarse sanciones y/o multas, según las autoridades correspondientes. En el caso de las entidades privadas o particulares, el artículo 31 de la Ley 1755 de 2015 señala que no atender una petición o no cumplir con los términos para resolverla, constituye falta para el servidor público y dará lugar a la sanción establecida en el régimen disciplinario.
En general, una petición debe ser respondida dentro de los quince días hábiles siguientes a su recibo. Si ha transcurrido demasiado tiempo y no se ha recibido respuesta, puede presumirse que se ha producido una violación del Derecho de Petición, dejando al peticionario la posibilidad de tomar medidas legales.
Si una petición no contestada ha causado daños o perjuicios, es posible llevar a la parte responsable ante los tribunales para obtener una indemnización por los daños. Sin embargo, corresponde al solicitante probar la existencia y la cuantía de los daños y perjuicios.
Presentar una reclamación
Si no se responde a una petición en el plazo especificado, además de que el funcionario público cometa un acto de mala conducta, el solicitante también puede tomar otras medidas, como presentar una reclamación para proteger sus derechos. Es importante señalar que las fechas indicadas son días hábiles.
En el caso de entidades privadas, aunque el Derecho de Petición opera principalmente contra entidades públicas, también puede, en casos excepcionales, aplicarse a empresas privadas. Esto se debe tener en cuenta en el caso de que, a pesar de haber sido enviada a una entidad pública o privada, una petición no reciba respuesta.
Consecuencias para los Servidores Públicos
Es evidente que existen graves consecuencias para los servidores públicos que no cumplan debidamente con el Derecho de Petición. Según el artículo 62 de la Ley 4 de 1913, "la falta de atención a las peticiones y de los términos para resolverlas, la violación de las prohibiciones y el desconocimiento de los derechos de los particulares a que se refiere esta Primera Parte del Código, constituirán falta para el servidor público, y darán lugar a las sanciones que correspondan conforme al régimen disciplinario."
El 10 de agosto de 2020, la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional también aclaró que el Derecho de Petición no se viola por no conceder lo que se pide, sino por no cumplir los requisitos.
Conclusión
El Derecho de Petición es un derecho fundamental establecido en la Constitución colombiana. La no atención oportuna del derecho de petición -no más allá de quince días hábiles- puede acarrear sanciones disciplinarias para el servidor público, mientras que al peticionario podría llevarlo a tomar medidas legales si la petición le ha causado un daño o perjuicio. La petición debe ser respondida en tiempo y forma, con una respuesta concreta, precisa y congruente, y el peticionario debe ser informado de la respuesta.
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